CS Law Firm | RESIDENCIA PERMANENTE BAJO LA CATEGORIA DE PAÍSES AMIGOS ADOPTADA POR EL DECRETO EJECUTIVO NRO. 343 DE 2012
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RESIDENCIA PERMANENTE BAJO LA CATEGORIA DE PAÍSES AMIGOS ADOPTADA POR EL DECRETO EJECUTIVO NRO. 343 DE 2012

La Republica de Panamá con la visión de convertirse en un país con mejores incentivos en materia migratoria a nivel mundial, crea mediante Decreto Ejecutivo Nro. 343 de fecha 16 de mayo de 2012, la subcategoría que otorga la residencia permanente para aquellos extranjeros nacionales de “Países Específicos que Mantienen Relaciones Amistosas, Profesionales, Económicas y de Inversión” con la Republica de Panamá, comúnmente conocida por Países Amigos, en donde se pueden destacar los siguientes países miembros:

Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Israel, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Marino, Montenegro, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Paraguay, Polonia, Portugal, Serbia, Singapur, Eslovaquia, España, Sudáfrica, Corea del Sur, Suecia, Suiza, Taiwán, Estados Unidos de América, Uruguay, Reino Unido y finalmente México, siendo el más reciente país incorporado.

En primer lugar, los requisitos exigidos para iniciar este trámite ante el Servicio Nacional de Migración son sencillos, lo que lo convierte en el proceso más rápido para obtener una residencia permanente, sin dejar de lado que además de este beneficio, aporta la posibilidad de obtener un permiso de trabajo indefinido y una cédula de extranjero en Panamá, el cual es el documento de identidad dentro de la Republica de Panamá, en un periodo menor a un (01) año, lo cual proporciona grandes ventajas al tomar la decisión de emigrar y reubicarse en un país. Asimismo, los extranjeros podrán optar por la Nacionalidad Panameña, una vez que hayan sido residentes permanentes por más de 5 años y que hayan mantenido dicha residencia vigente.

Por otra parte, dentro de los grandes beneficios de llevar a cabo el tramite migratorio bajo dicha categoría, es que el extranjero una vez reciba su cedula de identidad podrá optar por préstamos bancarios para la compra de inmuebles y vehículos, obteniendo increíbles porcentajes de financiamiento que ascienden hasta el 97%, pagando únicamente un 3% de inicial; siempre considerando que cada banco tiene sus propias regulaciones y requisitos para tales tramites de forma independiente.

El tiempo aproximado de demora en la obtención del permiso que otorgar la residencia permanente mediante esta categoría oscila alrededor de cuatro (04) a cinco (05) meses, adicionando dos (02) o tres (03) en caso que el aplicante desee obtener su Permiso de Trabajo correspondiente y los interesados deben estar físicamente presentes al momento de que el abogado realice la solicitud correspondiente.

Para cualquier duda o inquietud adicional para conocer más sobre esta categoría migratoria no duda en contactarnos, somos una firma de abogados especializada en el Área Migratoria.

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